COMO PAGA MOOVECARS LA HORAS Y JORNADAS EXTRAS DE SUS CONDUCTOR@S
Автор: VTC'ando
Загружено: 2023-11-01
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#MOOVECARS#UBER#CABIFY#BOLT#VTC#VTCESPAÑA
Compañer@s les comparto información recibida sobre el tema de HORAS Y JORNADAS EXTRAS…
Lo que me han explicado y como yo lo he entendido, espero sirva de ayuda:
HORAS EXTRAS O ADICIONALES:
Se consideran horas adicionales o extras, todas aquellas horas que hacemos por encima de nuestra jornada laboral diaria de 8 horas efectivas.
Tienes la posibilidad de hacer un máximo de 3 horas efectivas adicionales diarias.
Las HORAS EXTRAORDINARIAS son voluntarias y no estás obligad@ a trabajarlas. (Son para l@s que quieren hacerlo por voluntad propia).
Las horas adicionales o extras serán pagadas al valor establecido en nuestro convenio colectivo que es igual a 8,54€
Las horas adicionales o extras trabajadas diariamente, se irán sumando durante el mes en curso que se hagan, y el resultado de la sumatoria de todas las horas adicionales serán pagadas la 1a semana del mes siguiente.
¿COMO SE NOS VAN A PAGAR LAS HORAS EXTRAS O ADICIONALES?
Debido principalmente a la retención del IRPF que la empresa debe hacer en base a nuestros ingresos en la nómina, tomando en cuenta que la retención NO es una tasa fija sino que es variable en cada uno de nosotros, la empresa lo hará de la siguiente manera:
Las horas adicionales o extras trabajadas diariamente, se irán acumulando durante el mes en curso que se hagan, y el resultados de la sumatoria de todas las horas adicionales serán pagadas la 1a semana del mes siguiente.
La 1 semana del mes, se abonara en calidad de ADELANTO un neto de 6,25€ por Hora Adicional o Extra trabajada, la diferencia hasta 8,54€ Brutos por hora, se pagara en la nómina siguiente, y se descontara el adelanto recibido. (toma en cuenta que todos los ingresos recibidos en nómina, son susceptibles a la retención del IRPF)
JORNADAS EXTRAORDINARIAS
En este caso, la empresa considera JORNADA EXTRAORDINARIA de trabajo, aquellas jornadas que realizamos en nuestros días de libranza.
Las JORNADAS EXTRAORDINARIAS son voluntarias y no estás obligad@ a trabajarlas. (Son para l@s conductores que quieren hacerlo por voluntad propia).
Solo puedes trabajar un máximo de 8 horas efectivas en tus JORNADAS EXTRAORDINARIAS, es decir en tus días de libranza.
Cada JORNADA EXTRAORDINARIO (Días de libranza), serán pagadas a 68,32€ "Brutos" por jornada completada de 8 horas efectivas..
¿COMO SE NOS VAN A PAGAR LAS JORNADAS EXTRAORDINARIAS?
La empresa pagara las jornadas extraordinarios, a la semana siguiente de haberse trabajado.
Al igual que las horas adicionales o extras, y por la misma razón de la retención del IRPF, se nos abonara un NETO de 50€ en calidad de ADELANTO por cada JORNADA EXTRAORDINARIA a la semana siguiente de haberse trabajado.
La diferencia hasta completar los 68,32€ por JORNADA EXTRA se abonara en la nómina siguiente, donde se va a descontar el ADELANTO de los 50€ recibido, (toma en cuenta que todos los ingresos recibidos en nómina, son susceptibles a la retención del IRPF).
En este caso, la empresa considera JORNADA EXTRAORDINARIA de trabajo, aquellas jornadas que realizamos en nuestros días de libranza.
Las JORNADAS EXTRAORDINARIAS son voluntarias y no estás obligad@ a trabajarlas. (Son para l@s conductores que quieren hacerlo por voluntad propia).
Solo puedes trabajar un máximo de 8 horas efectivas en tus JORNADAS EXTRAORDINARIAS, es decir en tus días de libranza.
Cada JORNADA EXTRAORDINARIO (Días de libranza), serán pagadas a 68,32€ "Brutos" por jornada completada de 8 horas efectivas..
¿COMO SE NOS VAN A PAGAR LAS JORNADAS EXTRAORDINARIAS?
La empresa pagara las jornadas extraordinarios, a la semana siguiente de haberse trabajado.
Al igual que las horas adicionales o extras, y por la misma razón de la retención del IRPF, se nos abonara un NETO de 50€ en calidad de ADELANTO por cada JORNADA EXTRAORDINARIA a la semana siguiente de haberse trabajado.
La diferencia hasta completar los 68,32€ por JORNADA EXTRA se abonara en la nómina siguiente, donde se va a descontar el ADELANTO de los 50€ recibido, (toma en cuenta que todos los ingresos recibidos en nómina, son susceptibles a la retención del IRPF).
NOTA IMPORTANTE:
RECORDAR que la empresa ha puesto a disposición de todos nosotros una persona de AYUDA AL CONDUCTOR en cada base, desde 01 al 10 de cada mes, por ser Octubre el 1er mes, como las nóminas se comenzaron a recibir en la App Moove Fleet el día 05/10, desde el 06/10 puedes preguntar en Garita y te darán la información para que hagas tus consulta
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