Impuesto a la Renta por Venta de Propiedad Heredada o Donada en Perú
Автор: Jhonny Mendivil Jimenez
Загружено: 2025-02-05
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Este video explica cómo calcular el impuesto a la renta al vender una propiedad adquirida por herencia, donación o anticipo de legítima [00:00].
El video cubre los siguientes escenarios:
Propiedad adquirida antes del 1 de enero de 2004: Si la propiedad fue adquirida antes de esta fecha, su venta no está sujeta al impuesto a la renta [00:19].
Propiedad adquirida después del 1 de enero de 2004: Si fue adquirida después de esta fecha, la venta está sujeta a un impuesto a la renta del 5% sobre la ganancia de capital [00:34]. La ganancia de capital se calcula como el valor de venta menos el costo computable [00:51].
Adquisición a título gratuito (herencia, donación, anticipo de legítima):
Adquirida entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de julio de 2012: El costo computable es el valor de autoavalúo al momento de la adquisición, ajustado por los índices de corrección monetaria del Ministerio de Economía y Finanzas [02:52]. Un ejemplo demuestra este cálculo, mostrando un valor de venta de 300,000 soles, un valor de autoavalúo de 50,000 soles y un costo computable ajustado de 69,500 soles, lo que resulta en un impuesto de 11,525 soles [03:25].
Adquirida a partir del 1 de agosto de 2012 en adelante: El costo computable es cero [06:20]. Un ejemplo muestra un valor de venta de 300,000 soles, un costo computable de cero y un impuesto resultante de 15,000 soles [06:49].
Costo computable alternativo: El video menciona que el costo de adquisición del transferente puede usarse como costo computable alternativo si está debidamente acreditado [07:11].
El presentador también hace referencia a un video anterior que explica cómo calcular el impuesto a la renta cuando una propiedad es adquirida por compra (título oneroso) [07:55].
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