ASÍ QUEDO LA LEY que regula las bicicletas eléctricas y Scooter en la CDMX
Автор: El Ojo de las Ciclovias
Загружено: 2025-08-31
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La ley para regular vehículos eléctricos en Ciudad de México, aprobada el 15 de agosto, aplica a motocicletas, scooters y bicicletas eléctricas que superen 25 kilómetros por hora o tengan potencia de 250 watts a 1 kilovatio.
Categorizan estos vehículos como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales, divididos en Tipo A, menos de 35 kilos, y Tipo B, de 35 a 350 kilos. Requisitos: necesitas licencia de conducir, placas y casco obligatorio.
No pueden usarse en ciclovías, aceras ni carriles de transporte público. Las multas por no cumplir van de 1,131 a 3,394 pesos. La ley entra en vigor tras publicarse en la Gaceta Oficial, pero el reglamento se ajustará en 360 días, con una campaña de concientización en septiembre
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