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Diferencias entre ejidatarios, comuneros, avecindados, posesionarios, poseedores y simple habitantes

Автор: Ramón Herrera Chela

Загружено: 2022-01-29

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DIFERENCIAS ENTRE EJIDATARIO, COMUNERO, AVECINDADO, POSESIONARIO, Y SIMPLE HABITANTES DE POBLADO EJIDAL
ASESORÍA AGRARIA NACIONAL 669 113 7043
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Diferencias entre ejidatario, comunero, ave
MÁS TEMAS, CONTINÚA EN VIDEO…cindado, posesionario, y simple habitantes de poblado ejidal.
Existen dos enfoques:
Desde el derecho civil, todos son ciudadanos iguales ante la ley, autoridades y sociedad.
Todos personas, mujeres y hombres, con independencia de sus preferencias personales.
Ninguna disposición legal, reglamento interno, usos y costumbre
Pueden causar perjuicios, daños o violaciones a los derechos humanos
De habitantes de ejidos y comunidades

Desde el derecho agrario, sí hay clases, que provocan exclusión o marginación
Partiendo de la realidad actual

Ley agraria.
Art 23.- … Serán de la competencia exclusiva de la asamblea los siguientes asuntos:
…
VIII. Reconocimiento del parcelamiento económico o de hecho y regularización de tenencia de posesionarios;

Art 48.- Quien hubiere poseído tierras ejidales, en concepto de titular de derechos de ejidatario,

Artículo 56.- La asamblea de cada ejido, … podrá … regularizar la tenencia de los posesionarios o de quienes carezcan de los certificados correspondientes.

Artículo 68.- …. Cuando se trate de ejidos en los que ya esté constituida la zona de urbanización y los solares ya hubieren sido asignados, los títulos se expedirán en favor de sus legítimos poseedores.

Art 135.- La PA tiene funciones de servicio social y está encargada de la defensa de los derechos de los ejidatarios, comuneros, sucesores de ejidatarios o comuneros, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros agrícolas…

REGLAMENTO INTERIOR DE LA PROCURADURÍA AGRARIA (SEP 2020)
Artículo 1.- …Para los efectos de este ordenamiento, se entenderá por: …
V. Sujetos Agrarios: los ejidos y comunidades; ejidatarios, comuneros y posesionarios y sus sucesores; pequeños propietarios; avecindados; jornaleros agrícolas; colonos; poseedores de terrenos baldíos o nacionales y campesinos en general.

Sólo refiere, NO protege. La ley NO los reconoce como tal para defender sus derechos.
Los legisladores no han sido capaz de sacar una nueva ley agraria, acorde a los retos, problemas, necesidades que enfrentan actualmente los núcleos agrarios y sus integrantes.

ejidatario, legalmente es está reconocido con tal calidad dentro un ejido existente
No puede haber “ejidatarios” sin su ejido legalmente inscrito
en el RAN o declarado en sentencia.
Por lo general son los únicos que tienen reservado de manera exclusiva
los derechos sobre las tierras de uso común
Se les asigna un solar o lote en la zona urbana
Se les asigna una parcela
Son dueños virtuales del patrimonio ejidal (muebles e inmuebles)

comunero,
legalmente es está reconocido con tal calidad dentro una comunidad existente
son pocas comunidades en comparación con los ejidos
Existen 32,212 núcleos agrarios: aprox 29,519 ejidos 2,354 comunidades
y de las pocas comunidades muchas son indígenas
es decir, también existe comunidades NO indígenas sujetas al Dcho Agrario
existen comunidades afromexicanas constituidas en ejidos, hoy marginadas en ley agraria.

avecindado, requisito optativo para adquirir una parcela
basta con que tenga su domicilio en el ejido o comunidad
en los últimos 6 meses
pueden tener dos o más domicilios distintos
a veces ni viven en el ejido, pero por negocio
se les extienden constancia
o reconocen en asamblea simple
porque pagarán % de la parcela que comprarán
NO puede ser titulares de las tierras de uso común
Sí pueden recibir o adquirir un solar ejidal
Vía judicial pueden reclamar el reconocimiento legal de avecindado
Pero eso no les otorga ningún derecho sobre las tierras ejidales

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