DIAN - EL COBRO DEL IVA EN CONJUNTOS RESIDENCIALES
Автор: DERECHO CON GUACA
Загружено: 2025-03-02
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Durante esta temporada que como sucede cada año se realizan las asambleas de propietarios en conjuntos residenciales, como lo dispone los artículos 39 y 40 de la ley 675 de 2001, se debe tener en cuenta que la DIAN ha conceptuado en diferentes ocasiones que las propiedades horizontales, debe declarar el IVA sobre servicios relacionados como alquilar un salón social, o cobrar por las zonas húmedas o por el uso de parqueaderos de visitantes, entre otros, es decir en los presupuestos que se están planeando por estos días deben tener claro que al momento de ofrecer este tipo de servicios deben incluir el IVA del 19%.
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