Protocolo de acoso para el colectivo LGTBI obligatorio en las empresas de más de 50 trabajadores/as
Автор: Despachos BK ETL Global
Загружено: 2024-03-22
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🌈 El 2 de marzo de 2024, entró en vigor la obligación contenida en el artículo 15 de la Ley 4/2023, que establece que aquellas empresas con más de 50 personas trabajadoras deben contar con un Plan LGTBI (conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI), que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
📌Nuestra compañera Alicia Calleja Cámara, consultora de Recursos Humanos nos habla sobre esta obligación.
En Despachos BK, nos comprometemos a implementar estos protocolos, diseñados para prevenir, identificar y abordar cualquier forma de acoso en el lugar de trabajo. 💪 Nuestros protocolos van más allá del cumplimiento legal. Nos centramos en la sensibilización de todos los equipos, especialmente de los managers, para detectar y prevenir cualquier forma de acoso desde sus posiciones. Garantizamos confidencialidad, protección de la víctima y aplicamos consecuencias adecuadas según la gravedad de las acciones.
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