¿se puede escriturar como propiedad privada terrenos ejidales?
Автор: Ramón Herrera Chela
Загружено: 2021-11-10
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¿SE PUEDE ESCRITURAR COMO PROPIEDAD PRIVADA UN TERRENO EJIDAL?
Por terreno le llaman a solar, lote, predio, baldío,
ubicado en la zona urbana o de reserva de crecimiento,
destinado para casa habitación, local comercial u oficinas públicas o privadas.
Existen 2 clases de solares, de acuerdo a su estatus o situación legal
1º Regular, ya cuenta con título de propiedad inscrito en el RPP
(pero se desconoce tal situación, hay que investigar)
2º irregular, no cuenta con título de propiedad
a) Porque la zona y el pueblo NO ha regularizado por INSUS o ADDAT
Definitivamente NO se puede hasta que ocurra una de las 2 opciones señalas
y esa es voluntad de la asamblea reunida con formalidades especiales
La zona urbana, casco urbano, asentamiento humano
Es propiedad del ejido o comunidad y Es inalienable, imprescriptible e inembargable
b) Ya se llevó a cabo CORETT-INSUS, o ADDAT,
pero no se asignó en propiedad por conflicto o falta de solicitud no expidió título
Sí se puede pero primero se tiene que agotar un juicio
1º ante el Tribunal Agrario si no se asignó a nadie en el acta ADDAT
2º Ante el juez civil si se expidió un título de propiedad a favor de un tercero o del ejido o comunidad
3º por medio de contrato de compraventa ante notario
CONTINÚA DESARROLLO TEMÁTICO EN EL VIDEO…
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